Examinada la
dificultad que comporta la alternativa de la adopción prenatal como solución a
la acumulación de embriones humanos congelados en las “clínicas” de fecundación
in vitro se aborda otra alternativa:
su congelación indefinida.
Esta propuesta
tampoco está exenta de inconvenientes. De entrada, a la congelación o crioconservación
indefinidas se le puede objetar que la situación de estos embriones humanos,
esto es, su congelación, y sea cual fuere su destino, no es éticamente neutral,
pues a estos embriones humanos congelados, que no van a ser transferidos por
ausencia de una mujer para acogerlos (embriones humanos viables denominados
“no-implantables”), se les interrumpe bruscamente su desarrollo y se les
condena a permanecer a 196 grados centígrados bajo cero, en un hábitat no
acorde a la dignidad de la vida incipiente de cualquier individuo humano.
En efecto, la
congelación de embriones humanos (y por supuesto, aunque fuese solamente la de
un embrión y el tiempo que sea) es, en sí misma, éticamente contraria al
respeto por la dignidad humana, porque supone detener o paralizar el proceso
biológico natural al que tiene derecho todo ser humano vivo. Esos embriones que
han sido congelados son seres humanos, titulares de su vida biológica y del tiempo
de su existencia, sin expectativas de desarrollo vital y a los que injustamente
se les ha interrumpido su normal curso de desarrollo, atentando contra la
propia teleología de su desarrollo inmanente.
Es sabido que el
“exceso” de embriones humanos congelados obedece a la voluntad de garantizar el
éxito de la implantación con el fin de que la pareja sometida a la fecundación in vitro pueda utilizarlos en una
ulterior implantación sin necesidad de pasar otra vez por todo el proceso de
fecundación. Ahora bien, el rechazo a la congelación de embriones humanos no
radica principalmente, ni en la finalidad que se les quiera dar, ni en la
materialidad física de la propia congelación, ni en el daño que se les causa,
sino en lo que significa (la congelación de embriones humanos) en sí misma como acto moral.
En este sentido, el
acto de congelación de un embrión humano, desde el punto de vista ético, es un
acto intrínsecamente injusto porque supone la interrupción de un proceso de
desarrollo vital de un individuo humano por tiempo indefinido, proceso al que
tiene derecho todo ser humano vivo, y se le obliga a permanecer en unas
condiciones impropias a las de cualquier ser humano. Así es, con la congelación
se le despoja al embrión humano del respeto debido como ser querido por sí
mismo. Precisamente, este respeto por la vida humana significa respetar su
crecimiento y desarrollo biológicos que le son propios y que no se hallan a
merced de los deseos e intereses de otros.
Además, y no son
razones menos relevantes, la congelación de embriones humanos supone exponerles
a graves riesgos de muerte o daño, privarles de la acogida materna y dejarles
en una situación susceptible de nuevas lesiones y manipulaciones.
En cambio, la
valoración ética que hacen los que defienden la congelación indefinida no viene
dada tanto por el significado moral del acto en sí mismo, como por las
consecuencias positivas que supuestamente se derivan de ella. De entrada parece
que la congelación de embriones humanos por tiempo indefinido se consiente como
el modo adecuado para que en algún momento puedan ser adoptados y evitar así su
muerte y su reducción a material de experimentación o investigación. Pero quizá se olvida que la defensa de la congelación de los embriones humanos contribuye a debilitar la
conciencia de estar obrando injustamente y, por ello, a aumentar su número.
Con todo, antes de
la congelación acontecen dos acciones moralmente determinantes que inciden
claramente en la toma de posición posterior: la producción expresa de embriones
humanos en un contexto técnico y la producción de “excedentes” de embriones
humanos. Es claro que la producción de un número excesivo de embriones no
cambia la naturaleza del acto. Es decir, producir en exceso es peor que
producir sólo uno, pero eso es porque lo malo en sí es producir uno.
Luego estas dos
acciones y la ulterior congelación de los embriones marcan significativamente
cualquiera de las soluciones que se defiendan respecto a su destino. El
planteamiento es, desde el inicio, inmoral, por eso cualquier medida que se
adopte tendrá un carácter “problemático” y no será plenamente satisfactoria.
No obstante, y no
está de más recordarlo, hay que tener en cuenta el estado precario de salud del
embrión humano congelado. Los embriones humanos crioconservados son los
“sobrantes” que no han sido elegidos en una primera o segunda selección de
embriones, es decir, son los menos viables en sentido propio, esto es,
biológico: con posibles defectos para seguir su propio proceso de desarrollo,
menor vitalidad, y los que no gozan de las características idóneas para
garantizar con éxito la implantación. Y como consecuencia de esto, a los que el
proceso de congelación y descongelación puede afectar más directamente en su
integridad física, pues ya de por sí tienen poca viabilidad.
Por tanto y en conclusión, la congelación, sea o no
indefinida, de los embriones humanos “sobrantes” es un acto intrínsecamente
injusto porque supone la interrupción de un proceso de desarrollo vital de un
individuo humano, proceso al que tiene derecho todo ser humano, y se le obliga
a permanecer en unas condiciones impropias.
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