Somos conscientes
que el tema que se trata en este escrito es complejo, espinoso y controvertido.
De entrada, no se pretende un estudio jurídico exhaustivo del mismo, sino una breve
reflexión ética.
Lo primero que hay
que decir claramente es que ninguna Constitución y Declaración Universal,
Internacional o Nacional establece el
DERECHO A ADOPTAR o el DERECHO A TENER HIJOS. Así es, no existe ese
supuesto derecho. En todo caso, habría que hablar del “derecho” de los niños a
ser adoptados por unos padres que reúnan ciertas características.
Por tanto, es
necesario, como se dice, cambiar el “chip”.
Tenemos que poner el punto de mira en los hijos, no en los “padres” …, porque
de lo contrario se puede caer en su instrumentalización. Si se pone el centro
de atención en los padres, los hijos ya no son un bien en sí mismo, sino que se
convierten en un “objeto” de deseo, que no se remedia haciendo notar el afecto
con el que seguramente les reciben sus futuros padres.
Para admitir este
“derecho” a adoptar se suele poner una serie de hipótesis y comparaciones,
sobre todo si
se trata de una pareja homosexual. Se dice que hay casos en que los niños
crecen sin padre o madre, o sin ambos. O que una pareja homosexual puede cuidar
y querer más al niño adoptado que una heterosexual. O que uno solo podría ser perfectamente
padre y madre…Todos estos casos y otros muchos omiten lo realmente importante: el interés del niño.
No nos quedemos en
las anomalías ni hagamos comparaciones. Como norma general centrémonos en los
niños, que son los más débiles e indefensos. No se juzga el afecto con el que
seguramente la pareja homosexual o heterosexual acogerá a la criatura adoptada.
No se está hablando de eso.
Lo que tiene que quedar claro es que no existe un
derecho de la pareja homosexual a adoptar. Pero tampoco existe tal derecho en
una heterosexual. La adopción es un “derecho” de los niños a ser adoptados, no
de los adultos. Los niños sí que tienen derecho a un padre y a una madre.
Y tampoco vale
decir que un varón desarrolla la figura femenina, y viceversa, que una mujer desarrolla
la figura paterna. Si se piensa así se comete un error: no existe tal dualidad
en el ser humano. Esta comprensión dual hace que su cabeza, sus sentimientos,
su sexualidad… de varón o de mujer vayan por un lado y su sexo por otro.
Por el contrario,
el ser humano es una unidad. En éste la sexualidad es constitutiva, no se
reduce ésta a lo genital: el varón piensa, ama, actúa, ve el mundo… como varón
y la mujer piensa, ama, actúa, ve el mundo…como tal. El sexo, en el sentido de lo
genital, es manifestación de la sexualidad. Ésta no es el resultado del deseo y
de la elección como si se determinase dependiendo tal y como cada persona la
siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado en el momento del
nacimiento.
Resumiendo,
siempre tiene que prevalecer el interés del niño por encima de cualquier otro
interés o derecho de los adultos.
Por otro lado, lo
que hay que conseguir social y legislativamente es que la adopción postnatal de
los niños sea una opción más fácil, accesible y económica.
Creo que el enfoque es muy acertado. La frase "Si se pone el centro de atención en los padres, los hijos ya no son un bien en sí mismo, sino que se convierten en un “objeto” de deseo, que no se remedia haciendo notar el afecto con el que seguramente les reciben sus futuros padres." me ha parecido tan de actualidad, pero a la vez tan poco presente en los debates que vemos a diario, que veo poca solución a este y otros problemas en el entorno del "derecho" al hijo.
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