sábado, 20 de abril de 2024

Sobre el comienzo de la vida humana IV. La nueva Ley del Aborto

 

A tenor de este nuevo posicionamiento del TC en el 2023, se puede afirmar que tanto esta Resolución como la nueva Ley sobre el Aborto:

1. desprotegen totalmente al nasciturus. No considera al no nacido un valor fundamental, el de la vida humana, contradiciendo lo que el mismo TC dijo en la Sentencia del año 85: La vida del nasciturus es “un bien constitucionalmente protegido por el artículo 15 de la CE”.

2. Con esta Resolución del TC se defiende también que el feto humano no es sujeto de protección.

3. Se afirma también que la Constitución española reconoce el derecho a abortar, esto es, la libertad de la madre, antes de las primeras 14 semanas de gestación, para acabar con la vida de su hijo.

 

Es evidente que el TC se contradice con lo que él mismo había afirmado en la Sentencia de 1985, porque la vida del niño ya concebido deja de ser un bien digno de protección y queda totalmente desprotegido:

En definitiva, 1. aboga por la eliminación de los seres humanos en la primera etapa de su vida; 2. se promueve la muerte del embrión o el feto como un derecho de la sociedad en general y de la mujer gestante en particular, incluidas las menores de edad, chicas de 16 y 17 años, que pueden abortar sin necesidad del consentimiento de sus padres.

No hay comentarios:

Publicar un comentario