3. Las graves secuelas psicológicas que
quedan para los hijos y las madres.
Los
expertos han insistido en la importancia de los lazos que se crean entre la
madre y el hijo durante el embarazo y su importancia en el futuro desarrollo de
hijo, cabe presuponer que un embarazo considerado como un negocio y la relación
con un hijo al que se renuncia de antemano y al que se considera como un
producto y una fuente de ingresos, pueda afectar al correcto desarrollo
psicológico del niño, más aún cuando sepa cuál es su origen, y de la madre que
le ha gestado y dado a luz y tiene que separarse de él o ella. Algunos
pretenden, sin embargo, hacer creer a la sociedad que un “vientre de alquiler”
es algo aséptico, sin consecuencias psicológicas ni para la madre ni para el
hijo.
4.
Inconvenientes
jurídicos
Hasta ahora era incuestionable que la
mujer que gesta y da a luz un niño era la verdadera y única madre. Sin embargo,
es un hecho que en la Maternidad Subrogada, de alquiler o voluntaria, la
función materna queda dividida entre varias mujeres, la madre biológica, la que
lo gestó y dio a luz al niño, y la que lo criará como su única madre, con un
vínculo genético o no, y en ocasiones una eventual donante de ovocitos.
En España la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida
prohíbe los contratos de gestación por sustitución. Para el Código Civil
español la determinación de la filiación se basa en la verdad biológica (el
parto), con la posibilidad de reclamación de la paternidad por el padre
biológico. Dicho de otro modo, aunque exista un contrato formal entre los
padres que han contratado los servicios, en concreto, la mujer y la madre de
alquiler, ésta última, si reclama al bebé, conforme a la legislación española,
el contrato se invalidaría y la madre de alquiler ejercería la maternidad.
Ante este
complejo problema social y jurídico, las parejas que contratan a madres
subrogadas están solicitando que se les reconozcan sus derechos exclusivos de
padres de la criatura nacida. Si esto ocurriese, la maternidad dejaría de estar
vinculada al hecho físico de la mujer que gestó al niño y que lo dio a luz. Se
reconocería así que el deseo de ser padre y madre es suficiente para otorgar el
derecho de paternidad y abriría las puertas, no solamente a las parejas
infértiles, sino a individuos solos, parejas del mismo sexo, etc., que podrían
reclamar su “derecho a la paternidad”. La maternidad ya no quedaría vinculada a
realidades físicas (gestación y dar a luz), sino al deseo o la intención de ser
padres.
En el mundo, concretamente, en Estados
Unidos, la India, Tailandia, Kazajistán, México, China, Israel, Reino Unido (solamente
para personas nacionalizadas en el Reino Unido) se permite las madres de alquiler.
Aunque Estados Unidos sea uno de los países más permisivos, sin embargo, varios
Estados no permiten la maternidad subrogada: Washington, Michigan, Utah,
Arizona, Nuevo México y Nueva York.
En algunos países europeos como Albania,
Georgia, Croacia, Holanda, Rusia, Reino Unido, Grecia y Ucrania, la Maternidad
Subrogada está legalizada. No obstante, en la gran mayoría de países europeos
está prohibida total o parcialmente. En concreto, expresamente prohibida en
Alemania, Andorra, Austria, España, Estonia Finlandia, Islandia, Moldavia,
Montenegro, Serbia, Eslovenia, Suecia, Suiza, Turquía, Francia. Tolerada en
Bélgica, República Checa, Luxemburgo, Polonia. Y en otros, sin estar
expresamente prohibida, tampoco está aceptada o no hay regulación al respecto
como es el caso de Hungría, Irlanda, Letonia, Lituania, Malta, Mónaco, Rumanía,
San Marino y Bosnia-Herzogovina.
5. El negocio económico de
la Maternidad Subrogada
Tras los “vientres de alquiler” hay un
enorme entramado económico que hace caja con la vida humana en el que el bebé
acaba convirtiéndose en un objeto de compraventa. En efecto, la Maternidad
Subrogada puede llegar a costar cerca de 90.000€.
Cada año este negocio mueve cientos de
millones de euros. Además la Maternidad Subrogada es una actividad comercial en
la que las agencias empresariales se lucran a costa del sufrimiento de los
padres infértiles y la vulnerabilidad de las mujeres, sobre todo aquellas que
viven en situaciones desfavorecidas, desarrollándose todo un negocio de
selección y proceso de calidad de mujeres y posibles futuros bebés. Así es, las
agencias empresariales seleccionan a la candidata como “vientre de alquiler”. Ofrecen
a través de Internet un catálogo de candidatas (que reúnen los requisitos
necesarios) dispuestas a alquilar su vientre y con la intención de someterse a
las exigencias que tendrán que seguir obligatoriamente durante el embarazo.
Así también, estas agencias
empresariales disponen de programas que incluyen servicios y gastos: la
compensación económica a la madre de alquiler, servicios de la inseminación
artificial, servicio de Planificación del embarazo en la zona de residencia de
la madre de alquiler, examen médico completo, alimentación para el periodo de
permanencia en el centro y servicio de intérprete para todo el periodo de
duración del programa, preparación y firma del acuerdo entre los padres y la
madre biológica, servicios jurídicos, declaración de la madre sustituta de la
ausencia de demandas contra los padres biológicos, asistencia en la
formalización y la obtención del certificado de nacimiento del niño.
Conclusión
A la Maternidad Subrogada se le disfraza
de altruismo y de beneficio. Pero lo que es cierto que con ella se mercantiliza
a una mujer, y a un niño al que se le exige estándares de calidad y se le priva
de derechos fundamentales, aparte de su “autocomprensión” en el futuro. Y
además, la Maternidad Subrogada lleva a abortos o “devoluciones” de niños
imperfectos; al abandono del bebé comprado al terminar la relación de pareja
antes que llegara su nacimiento. Luego, el niño no tiene valor en sí mismo,
sino que lo tiene únicamente si es querido, recibido, deseado.
Al mismo tiempo, con la admisión de la
Maternidad Subrogada resulta evidente que la dignidad de la mujer y la
maternidad no se contemplan como algo indisponible y digno de protección, sino
que se puede utilizar a la mujer para satisfacer un deseo. Pero los deseos de
paternidad tienen como límite la dignidad de las personas y la protección de
sus derechos fundamentales.
La manera más efectiva de disuadir a los
posibles padres de acudir a la maternidad de alquiler y así reducir el negocio
y la explotación que supone es la prohibición a los padres no biológicos de
inscribir a los niños que los han obtenido por subrogación nacional e internacional
en el Registro Civil, es decir, la mujer, que ha dado a luz, sería la única
madre.
Luego,
en el tema de la Maternidad Subrogada hay que hacerse
varias preguntas: ¿Quiénes se van a beneficiar realmente con esta práctica: las
agencias empresariales? y ¿quiénes saldrán perjudicadas: las mujeres
subrogadas? No se puede admitir una práctica que tiene como objetivo ser padre
a madre a cualquier “precio”, sin pensar en el hijo.
Tengamos en cuenta sobre todo los
derechos de los niños. No permitamos que se siga comerciando con el cuerpo de
las mujeres. Un mundo donde prevalece por encima de todo el dinero y el deseo
individual es un mundo abocado a la corrupción y la desigualdad.
Por consiguiente, por estas razones todas
las medidas relativas a la maternidad subrogada, de alquiler o altruista,
deberían, en mi opinión, orientarse a prohibir esta práctica.
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