Introducción
España
es un país aconfesional, así lo declara su constitución de 1978, de ahí que
algunas personas consideren que la enseñanza religiosa no debería formar parte
del currículo escolar, sino que cada confesión religiosa debería enseñar su fe
en sus templos, en sus casas…en definitiva, en la esfera privada, pero no en
las escuelas ni en aquellos lugares que pertenezcan al ámbito público.
Sin embargo, esta interpretación sobre la aconfesionalidad del Estado es errónea, porque se basa en un cambio
de significado en la definición de “Estado laico”, que se utiliza también para
la expresión “Estado aconfesional”, produciéndose así un claro equivoco.
I. Adulteración del
significado de los vocablos laico y aconfesional
Las
expresiones “Estado laico” y “Estado aconfesional” suelen usarse, comúnmente, como
sinónimos, aunque no lo sean.
En
efecto, aunque las definiciones de ambas expresiones sean sinónimas en la
teoría (se aprovecha la similitud en el significado de la segunda acepción del
término “laico” de la RAE: “Independiente de cualquier organización o
confesión religiosa", con la acepción del término “aconfesionalidad”:
“Que no pertenece ni está adscrito a
ninguna confesión religiosa”), se sustituye, en la práctica, la definición
del término laico por otra: “aquello que es independiente de lo religioso”.
Luego, hay que decir que las expresiones “Estado laico” y “Estado aconfesional”
son sinónimas en teoría, pero no en su uso práctico.
Tampoco
olvidemos que la definición de “Estado aconfesional” dice: aquél “que no pertenece ni está adscrito a ninguna
confesión religiosa”. Así pues, en vez de utilizar esta definición se usa
otra: la que se le ha otorgado interesadamente a la expresión “Estado laico”
(como veremos más adelante en sentido de Estado laicista).
Algunos
omiten este cambio, y se conforman con decir que “Estado laico” es sinónimo de
la expresión “Estado aconfesional”, cayendo en el error.
En
el fondo, lo que se pretende con esta sustitución es que la religión no esté en
el espacio público, sobre todo en la esfera pública de la enseñanza, pero,
repetimos, una cosa es que el Estado no esté adscrito a ninguna confesión
religiosa (significado de los términos “laico” y “aconfesional”) y otra bien
distinta es relegar lo religioso al ámbito exclusivamente privado. Este “cambio
semántico” en la expresión “Estado laico” se pasa, sin ningún tipo de rigor
semántico, al significado de “Estado aconfesional”, sin olvidar que este nuevo
significado no aparece en ninguna de las definiciones de ambos términos.
En definitiva, hablar de
“Estado laico” en el sentido en que hoy en día se utiliza esta expresión es una
invención interesada. Dicho de otro modo, cuando afirmamos que España es un país laico no estamos
utilizando el significado que este término tiene en la RAE (como sinónimo de España es un país aconfesional), sino
que le estamos dando un significado que no le corresponde.
Por
tanto, se fuerza a que los términos digan lo que yo quiero que digan, no lo que
estos significan.
(CONTINUARÁ)
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